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Fallecimiento: Ya sea motivado por un accidente en el trabajo, una enfermedad, un accidente de tráfico… o cualquier otra causa.
Invalidez: Enfermedades y/o accidentes que incapaciten a tus empleados y también para aquellos casos en los que el afectado necesite la ayuda de por vida de terceras personas.
Sea cual sea tu sector, porque ofrecemos cobertura a cualquier convenio público.
Flexibilidad en la forma de pago (anual o semestral) y sin recargo por fraccionamiento.
Revisión y actualización de los capitales según los cambios de tu convenio.
Tendrás un teléfono exclusivo con agentes especializados para gestionar o resolver tus dudas.