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Cambia tu hipoteca a Banco Santander y podrías empezar a ahorrar en la cuota mensual.
Para tu vivienda habitual o segunda residencia.
Para tu vivienda habitual o segunda residencia.
Por un importe y plazo igual al pendiente en tu banco actual1.
A tipo de interés fijo, variable o mixto.
Nosotros nos encargamos de parte de los gastos de constitución de la hipoteca: notaría, gestoría, registro de la propiedad2.
Préstamo hipotecario sobre la vivienda. Prestamista: Banco Santander, S.A con domicilio social en Santander, Paseo de Pereda, 9- 12 (39004) – R.M. Cantabria, Hoja 286, Folio 64, Libro 5º de Sociedades, Insc. 1ª, C.I.F. A-39000013.
Financiación sujeta a aprobación del Banco Santander para vivienda libre de cargas y gravámenes. Esta información no sustituye a la FIPRE, (Ficha de Información Precontractual) disponible en la web www.bancosantander.es y en las oficinas del Banco. Puedes acudir a tu oficina para solicitar la ficha Europea de Información Normalizada (FEIN).
En caso de incumplimiento de los compromisos derivados del contrato de préstamo garantizado con hipoteca, existe el riesgo de pérdida de la vivienda. En caso de impago y en todos los supuestos de vencimiento anticipado, previa notificación en el domicilio que usted indique a efectos de ejecución hipotecaria, podrá el Banco proceder contra usted por acción personal o por acción real contra la finca hipotecada, pues usted responderá frente al Banco del pago del préstamo con todos sus bienes presentes y futuros, no solo con la finca hipotecada. Conforme al artículo 105 de la Ley Hipotecaria y al artículo 1911 del Código Civil.
Si el préstamo hipotecario sobre la vivienda a adquirir se formalizara en el territorio de la Comunidad De Andalucía pulsa aquí (PDF 148 KB).
1. La concesión de mejora de las condiciones del préstamo hipotecario dependerá de las características del cliente y del préstamo hipotecario.
El importe máximo no podrá exceder el 70% del valor de tasación de la vivienda para vivienda habitual y el 60% del valor de tasación de la vivienda para segunda residencia. El plazo no podrá superar los 30 años en caso de vivienda habitual y 20 años para otras viviendas.
2. En el caso de que la hipoteca recaiga sobre bienes inmuebles de uso residencial, conforme a la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, los gastos de constitución de la hipoteca serán asumidos por Banco Santander al contratar con personas físicas, a excepción de los gastos de tasación y Nota Simple, que serán asumidos por el cliente.